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Sesiones Ordinarias

SESIONES ORDINARIAS

Sesiones Legislativas

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  • Sección 16.2 - Número, fecha y hora de Sesiones Ordinarias y Comisiones

Las sesiones ordinarias se celebrarán el segundo martes de cada mes cuando el mismo sea día laborable. Cuando recaiga la fecha en día festivo o no apto para reunión, la misma se ha de efectuar en el próximo día disponible en el calendario o cuando lo determine el Presidente de la Legislatura Municipal.

 

De no poder celebrarse la sesión ordinaria en la fecha y hora dispuesta en esta Sección, el Presidente de la Legislatura Municipal podrá convocar la misma en el día, hora y lugar que así disponga.   

 

Las Sesiones comenzarán a las 7:00 pm y no se extenderán hasta después de las 10:00 pm. Mediante moción aprobada por mayoría simple de los Legisladores presentes se podrá extender el horario por el tiempo necesario, pero nunca más tarde de las 10:30 pm. 

 

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